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Si quieres colaborar al sostenimiento de la iglesia,
DONATIVOS POR BIZUM
01855
los donativos son desgravables en la declaración de la renta.
Desde el 1 de enero de 2024, los donativos que realices a la parroquia tienen unas deducciones fiscales que con la nueva ley de mecenazgo son aun más ventajosas *.
Si eres una persona física que hace la declaración de la renta:
* RDL 6/2023 (Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo) publicado el pasado 20 de diciembre, incorpora modificaciones importantes en la vigente Ley 49/2002 de Mecenazgo.
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los donativos son desgravables en la declaración de la renta.
Desde el 1 de enero de 2024, los donativos que realices a la parroquia tienen unas deducciones fiscales que con la nueva ley de mecenazgo son aun más ventajosas *.
Si eres una persona física que hace la declaración de la renta:
- Te deduces un 80 % de los primeros 250 euros donados, es decir, 200 euros.
- A partir de esa cantidad, deducirás un 40 %.
- Además, si los dos años anteriores donaste al menos la misma cantidad, la deducción sube al 45 %.
* RDL 6/2023 (Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo) publicado el pasado 20 de diciembre, incorpora modificaciones importantes en la vigente Ley 49/2002 de Mecenazgo.
